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miércoles, 8 de febrero de 2012

Resolución del Consejo de Europa referente a las voluntades anticipadas

El 25 de enero, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó una resolución no vinculante destinada a reforzar la protección de los pacientes incapaces de expresar su consentimiento. La norma recuerda que la interpretación de las voluntades anticipadas no puede supeditarse a la opinión pública dominante; “en caso de duda, la decisión siempre ha de ser en favor de la vida y de la prolongación de la vida”.
Aunque esta norma no lidia directamente con la eutanasia ni con el suicidio asistido, el Consejo quiere marcar distancia con estas prácticas de forma tajante: “La eutanasia, entendida como el acto intencionado de matar por acción u omisión a un ser humano dependiente por su supuesto beneficio, siempre ha de ser prohibida”.

El Consejo de Europa ya contempló la protección de las personas que no tengan capacidad para expresar su consentimiento ante cualquier intervención médica en el Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina, suscrito por la mayoría de los Estados miembros en Oviedo en 1997.
Ahora la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa establece una serie de recomendaciones y principios para lograr una protección más uniforme de esos pacientes al final de la vida, bien porque hay países donde no hay regulación legal al respecto o bien porque hay otros en los que se da valor obligatorio a las voluntades anticipadas.
http://www.aceprensa.com/articles/el-consejo-de-europa-quiere-proteger-mejor-al-paciente-terminal/

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